Filomena, y los daños que cubre tu seguro

El temporal de Filomena ha provocado daños en hogares, coches, plantaciones agrarias o incluso lesiones. ¿Sabes si tu seguro cubre todo este tipo de incidentes?

Tras el paso de la borrasca Filomena, muchas son las personas que se preguntan cuáles son las coberturas de su seguro. Esto tras las grandes nevadas que han provocado diferentes daños en los vehículos, casas e incluso e incluso personales. Por ello, desde Segusán te mostramos cuáles son esos daños en los que la persona afectada estará completamente cubierta. En caso de haberse visto afectada por los destrozos que ha provocado el paso de Filomena.

 

¿Qué tienes que hacer para reclamar los daños ocasionados por Filomena?

Lo primero que se debe hacer antes de reclamar la reparación de los daños a la compañía aseguradora, es revisar la póliza contratada. Esto se realiza para saber si la cobertura de riesgos es total o parcial, ya que de esta manera el cliente afectado conocerá si su seguro contempla o no los daños que hayamos podido sufrir por el temporal. Si una vez revisada no están contemplados agravios que se hayan podido sufrir, hay una posibilidad de que sí queden cubiertos. Esto siempre que hayan sido provocados por fenómenos naturales adversos, pese a que no se suele considerar con esa denominación a las nevadas.

 

¿Qué ocurre si Filomena ha ocasionados daños en el vehículo?

En el caso de que se hayan ocasionado daños en un vehículo asegurado hay que saber lo siguiente. Destacar que, desde el pasado 2016, el Consorcio de Compensación de Seguros protege a todos, de manera indiferente por la obtención de uno u otro tipo de seguro. Cuando se produce una catástrofe natural, como grandes tormentas, inundaciones, terremotos, o daños en cultivos agrícolas por lluvias o granizo, el Consorcio paga una cantidad a quienes tengan un seguro en vigor para ayudarles a cubrir las pérdidas sufridas en el siniestro.

 

¿Y si se ha producido algún daño personal o lesión?

Por otro lado, si el tipo de daño que se ha producido es por un resbalón en la nieve, que ha podido provocar algún tipo de lesión a la persona asegurada. También estaremos completamente cubiertos por el seguro privado de salud. Siempre que la persona que sufra dicho contratiempo cuente con un seguro de este tipo.

 

¿Y si el daño se ha ocasionado en el hogar?

Por último, haciendo referencia al daño que se pueda detectar en las viviendas provocado por el temporal. También estaríamos completamente cubiertos en caso de que estuviésemos suscritos y al corriente de pago en un seguro de vivienda. En el que se cubrirían los daños provocados por la nieve, siempre que se pudiese acreditar que dicho deterioro ha surgido debido al temporal y no por otro motivo como pudiese ser un defecto de construcción o la falta de mantenimiento de las instalaciones de la vivienda.

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