Un seguro de vida: ¿Qué coberturas ofrece?

Seguro que en más de una ocasión te has planteado si te interesa contratar un seguro de vida. ¿Te gustaría saber que coberturas ofrece?

 

¿Qué cubre un seguro de vida?

El seguro de vida es un producto asegurador cuya principal finalidad es evitar las posibles carencias económicas que puedan sufrir los beneficiarios del mismo. Tras el fallecimiento del tomador del seguro.

 

La cobertura de fallecimiento en un seguro de vida

Hacemos hincapié en que los beneficiarios no han de ser necesariamente familiares del titular del seguro de vida. Este puede designar libremente a cualquier otra persona o personas. Tanto físicas como jurídicas.

 

Qué es lo que cubre la cobertura de fallecimiento

Los beneficiarios designados serán indemnizados con la cantidad estipulada en la póliza. Siempre que el fallecimiento responda a alguna de las siguientes causas:

  • Enfermedades
  • Accidentes
  • Agresiones u otros actos violentos
  • Muerte súbita (infarto fulminante o colapso cerebrovascular repentino)

¿Y qué es lo que no cubre?

Sin embargo, no habrá derecho a indemnización por parte de los beneficiarios cuando se demuestre que:

  • El deceso ha sido la consecuencia de algún acto temerario o negligente. Por parte del asegurado. (Por ejemplo, conduciendo por autopista en dirección contraria o cruzando esa misma autopista a pie).
  • El asegurado ha fallecido mientras realizaba actividades delictivas o ilegales. (Por ejemplo, cometiendo un atraco o durante un ajuste de cuentas entre traficantes).
  • El fallecimiento se ha producido durante una competición deportiva de carácter profesional
  • La muerte ha sido la consecuencia de la práctica de deportes de alto riesgo.
  • El cadáver presenta en su organismo una cantidad de alcohol o de drogas susceptible de ser la causante del fallecimiento.
  • La muerte ha sido provocada o inducida por un beneficiario del seguro.

Además, tampoco se indemniza a los beneficiarios en caso de muertes causadas por circunstancias extraordinarias (por ejemplo, un terremoto o una guerra).

 

Coberturas adicionales de un seguro de vida

Además de la cobertura de fallecimiento, las compañías de seguros ofrecen la posibilidad de contratar múltiples coberturas adicionales. Estas son las coberturas que suelen añadirse al seguro de fallecimiento:

  • Indemnización por invalidez absoluta o permanente
  • Una Indemnización por dependencia
  • Una Indemnización por enfermedades graves

 

Riesgos que se asumen al contratar una póliza de vida

Es necesario añadir que la contratación de un seguro de vida conlleva tres riesgos:

  • Las primas del seguro aumentan con el paso de los años. (Dado que a mayor edad, mayor es el riesgo de fallecimiento)
  • La aseguradora puede cancelar unilateralmente el contrato de seguro. Cuando el asegurado cumpla una determinada edad, especificada en el contrato.
  • En un seguro de vida que incluya período de carencia. El beneficiario no cobrará nada. Si el tomador fallece durante ese lapso de tiempo.

 

En qué se diferencia un seguro de vida de un seguro de decesos

Finalizamos indicando que es relativamente habitual, entre las personas ajenas al sector asegurador, confundir el seguro de vida con el seguro de decesos, también denominado seguro de fallecimiento. Y lo cierto es que se trata de dos productos aseguradores radicalmente distintos:

Mientras que el seguro de vida garantiza el sustento económico de los beneficiarios designados por el fallecido, el seguro de decesos cubre directamente los gastos originados por el fallecimiento y el sepelio. Incluyendo los correspondientes a los trámites legales a los que obliga una defunción.

 

¿Tienes alguna otra duda que quieras preguntarnos? Si es así, nos puedes escribir a nuestro formulario de contacto. Y nos pondremos en contacto contigo con la mayor brevedad posible.

 

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